Resumen: Condena a un acusado como autor material de un delito continuado de abuso sexual a un menor de dieciséis años. Acusado que, aprovechando las ocasiones en que se quedaba a solas con la víctima, durante varios años y con frecuencia diversa, realizaba sobre ella tocamientos de naturaleza sexual. Valoración del testimonio de la víctima como prueba directa de incriminación. Manuscrito redactado y dejado por la víctima para que su madre tomase conocimiento de lo sucedido. Prueba pericial psicológica sobre credibilidad del testimonio y su valor corroborador de lo manifestado por la testigo. Delito de abusos sexuales sobre menor de dieciséis años. Tocamientos de naturaleza sexual en los que resulta intrascendente que los mismos se hubieren producido por encima de la ropa. Continuidad delictiva. Atenuante de reparación del daño. Consignación judicial de un cantidad que cubre la responsabilidad civil interesada por la acusación particular, y que se aprecia a pesar de que no se ha hecho ofrecimiento de pago. Sin embargo, no se aprecia como atenuante muy cualificada al descartar la existencia de ese plus especial justificativo de la cualificación. Resarcimiento por daños morales derivados del delito.
Resumen: El actor reclama al demandado, que es su exsuegro, la cantidad que figura en un documento de reconocimiento de deuda firmado por este. El demandado reconviene solicitando la nulidad de la escritura de reconocimiento porque alega que lo firmó para aparentar una deuda con el demandante en el proceso de divorcio que tenía con su mujer, exsuegra del actor, y no pagar así la cantidad que se le reclamaba como pensión compensatoria. El demandante, que al tiempo de formular la demanda se encuentra también divorciado de la suya, niega que se trate de un contrato simulado. El Juzgado desestima la demanda por considerar prescrita la acción. La Audiencia sin embargo no la entiende prescrita pues los plazos de prescripción quedaron interrumpidos hasta el 4 de junio de 2020 por efecto del COVID. Entrando en el fondo del asunto, se desestima la demanda igualmente por considerar probada la simulación, porque no existió ningún negocio entre las partes que justificara el reconocimiento de deuda, y porque efectivamente el demandado presentó el documento en su proceso de divorcio.
Resumen: PRIMERO.- Frente al auto que declara en estado de concurso voluntario a la mercantil MERAKI HOTELES SL y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa con la que atender los créditos contra la masa, se alza la representación procesal de LA HUERTANICA SL, con el postulado de revocación de la resolución apelada y el dictado de otra en su lugar que disponga la reapertura del concurso.